Las empresas que tengan más de 50 empleados tendrán que habilitar un Canal de Denuncias
El Parlamento Europeo en el pasado 16 de abril de 2019 votó y aprobó la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección frente a represalias, de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, conocida la denominada: “Directiva Whistleblowing”.
La Directiva tiene como objetivo salvaguardar a quien denuncie infracciones del Derecho de la UE de posibles represalias. Las principales novedades del texto son:
Se aplicará sobre determinadas infracciones como, las relativas a contratación pública, mercados financieros, seguridad sanitaria e intimidad personal;
La obligación de existencia de un canal interno de denuncias será obligatorio para las entidades públicas, pero también alcanzará a las empresas privadas con 50 o más personas trabajadoras, o cuenten con un volumen de negocio igual o superior a 10 millones de euros, el elemento de mayor impacto organizativo para las empresas;
Las líneas de denuncia han de cumplir requisitos como: Garantías de confidencialidad y tramitación diligente; acuse de recibo; el establecimiento de unos plazos concretos y razonables; o.la designación de personas imparciales para tramitar las denuncia;
Finalizados los procedimientos internos se procederá a emplear los externos;
Se otorga protección a las personas que realicen revelaciones públicas siempre que la infracción puede suponer un peligro para el interés público, inminente o manifiesto, o exista riesgo de represalias o pocas probabilidades de que se solucione la infracción si se emplean medios externos convencionales;
Se establece un catálogo de represalias prohibidas, que incluyen amenazas, despidos, degradaciones, discriminación, daños a la reputación, etc.
La Directiva entrará en vigor después de 20 días de publicada en el Diario Oficial, y los Estados dispondrán de dos años para ratificación.
Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión:
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:52018PC0218
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